A fin de que permanezca la obligación de enseñar el modelo 349 tienen que darse una sucesión de condiciones:
- El transporte de la mercancía debe partir desde algún estado integrante de la UE y ha de ser percibido en otro. Precaución en las operaciones con Ceuta, Melilla y las Islas Canarias. Estos sitios no se consideran áreas de app intracomunitaria en lo que se refiere al IVA, sino se consideran importaciones o exportaciones.
- El vendedor y el cliente han de ser sociedad o profesional autónomo.
- Los operadores, tanto lo que expide como el que recibe el bien o servicio, tienen que tener adjudicado un número de operador comunitario o CIF al crear una cuenta en el censo VIES. Se hace con el modelo 036.
¿De qué forma gestionar el NIF-IVA intracomunitario?
Como comentamos previamente, para efectuar la factura intracomunitaria sin IVA, uno debe crear una cuenta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). La petición de alta en este registro puede efectuarse a través de todos y cada uno de los canales habilitados y cualquier ocasión. Aceptado, se recibe un número de identificación fiscal intracomunitario, que es el código NIF-IVA, expedido por la administración de españa. Este código va a quedar reflejado en las facturas.
La gente que tienen que gestionar su alta en el ROI son los expertos o compañías que vendan modelos o servicios a otras compañías y/o autónomos de países de la Unión Europea, tal como los autónomos o compañías que reciban servicios compañías de otros países de la UE.
¿Qué compras intracomunitarias están sostienes al IVA?
Las compras intracomunitarias que suponen un hecho imponible al IVA, según el producto 13 de la Ley del IVA, son: – Compras intracomunitarias de recursos efectuadas a título oneroso por hombres de negocios, expertos o personas jurídicas que no actúen como semejantes. – Compras intracomunitarias de medios de transporte nuevos. O sea, no charlamos de una adquisición intracomunitaria sosten al impuesto si un individuo de nacionalidad de españa viaja a París, compra un obsequio por 300 euros y regresa con él a España, ya que no es alguien que actúe como empresario.
La base imponible se calcula con exactamente las mismas reglas que las entregas de recursos y posibilidades de servicios, según el producto 82 de la ley. Quien debe llevarlo a cabo es el sujeto pasivo, esto es, el adquirente de los recursos quien, obligatoriamente, va a deber tener condición de empresario, profesional o persona jurídica que no actúe como tal. En tal caso, el devengo se generará en el momento en que los recursos se pongan predisposición del adquirente. No se aplica la regla de los pagos adelantados.