El Impuesto sobre Donaciones, que constituye la otra parte del Impuesto Unificado sobre Donaciones y Sucesiones, grava la transferencia de herencias o donaciones durante la vida del donante. Este impuesto es a cargo del donante.
Factores que distinguen el impuesto sobre sucesiones y donaciones
El impuesto sobre el patrimonio se impone sobre el valor del patrimonio imponible transferido después de la muerte del propietario. Por el contrario, el impuesto sobre donaciones se aplica a la transferencia de bienes durante la vida del donante. Esto se introdujo para evitar la evasión de impuestos sobre el patrimonio a través de la transferencia de propiedad justo antes de la muerte.
Además, las tasas efectivas aplicables al impuesto sobre donaciones y sucesiones son diferentes, algunas donaciones se incluyen en la estimación de la sucesión imponible y la cantidad de crédito disponible para cada impuesto varía.
Qué obsequios están sujetos al impuesto sobre donaciones
Los impuestos sobre donaciones se pagan en todas las transferencias gratuitas de propiedades. Además, también se hacen exigibles si se realizan ciertas ventas o permutas de cualquier clase de bienes, que no se encuentran en el curso normal de los negocios de esa persona, donde se ha pagado algo de dinero, pero es menor que el valor de lo que se ha vendido o cambiado.
Qué se puede excluir
Normalmente, lo siguiente puede quedar excluido del ámbito del impuesto sobre donaciones:
¿Puedo manejar este aspecto por mi cuenta?
Si las cantidades que está regalando son pequeñas, normalmente puede administrar el papeleo y el cálculo de los impuestos especiales por su cuenta. Sin embargo, para obsequios complejos y grandes, puede contratar los servicios de un abogado profesional o CPA que se especialice en impuestos sobre donaciones y sucesiones.
¿Cuáles son los formularios a llenar?
El formulario relevante para estos impuestos es el Formulario 709. Todos los impuestos sobre donaciones deben calcularse sobre la base de un año calendario. Por lo tanto, todos los obsequios declarables realizados durante un año calendario deben informarse en un Formulario 709. Los obsequios realizados en diferentes años se incluyen en el Formulario 709 del año correspondiente, pero recuerde; solo se debe presentar un formulario por cada año calendario, independientemente del número de donaciones realizadas durante el año.